Calculando el impuesto por pagar

¿Quién debe pagar?

Le corresponde pagar el impuesto al:

  • Propietario, por  los ingresos que recibe por concepto de alquiler de sus bienes muebles o inmuebles, por las mejoras no reembolsables incorporadas a su predio y por ceder gratuitamente o a precio no determinado sus bienes.

  • Inquilino, por los ingresos que obtenga producto de subarrendar todo o parte del inmueble que ocupa.

Para realizar el pago, se debe previamente obtener el número de RUC por el portal de SUNAT, el App Personas, en cualquiera de nuestros Centros de Servicios a nivel nacional.

Importante

Es necesario advertir que la obligación del pago mensual del impuesto persiste aún cuando no se reciba el ingreso por concepto de alquiler o subarriendo.

¿Cuándo debo  pagar?

Los pagos del impuesto a la renta de primera categoría se dan en 2 momentos: Pagos Mensuales y Anuales. Cabe precisar que estos pagos constituyen también  una declaración jurada de los ingresos obtenidos, de ahí que se le denomine “declaración y pago”.

Declaración y pago mensual: Estarás obligado a pagar el impuesto a la renta de primera categoría mensualmente, en caso arriendes o subarriendes bienes muebles e inmuebles. 

El pago se realiza de acuerdo al último dígito de tu RUC, y según el calendario de vencimientos de obligaciones mensuales establecido por la Sunat.

Ejemplo: Si tu RUC es 10134759264 y has recibido ingresos por concepto de alquiler de tu vehículo en el mes de enero 2024, entonces te corresponderá presentar y pagar el impuesto a la Renta de Primera Categoría hasta el 20 de febrero (último día).

Nota

Si recibes pagos por adelantado (Ejemplo: El pago de 1 año de alquiler), podrás pagar todo el impuesto en el mes que recibes el importe, o pagarlo mes a mes de acuerdo al cronograma de vencimientos.

Declaración y pago anual: Si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos, te corresponderá presentar la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta: 

  • Tienes un monto pendiente de pago.
  • Tienes pagos en exceso de años anteriores.
  • Se incorporaron mejoras no reembolsables a tu inmueble.
  • Has alquilado bienes muebles o inmuebles por un importe menor al monto mínimo establecido por la norma (6% del valor del predio declarado en tu autoavalúo).
  • Has cedido gratuitamente bienes muebles  o inmuebles (Renta ficta).

En su oportunidad, la Sunat emitirá el cronograma específico que indicará las fechas máximas para presentar la Declaración Jurada Anual por los ingresos obtenidos en el año anterior.

Importante

Declarar fuera de la fecha establecida en el cronograma mensual o anual, constituye una infracción por no declarar dentro de los plazos establecidos y es sancionada con una multa equivalente a media UIT (S/2,575.00 para el 2024).

¿Cuánto debo pagar?

El cálculo mensual y anual del impuesto a la renta de primera categoría se puede determinar de dos formas: Sobre la base de la Renta Bruta (total de ingresos obtenidos), aplicando la tasa efectiva del 5%; o sobre la base de la Renta Neta (total de ingresos obtenidos - 20%), aplicando la tasa del 6.25%. Con cualquiera de estas formas, el resultado será el mismo:

Cálculo mensual del impuesto:

Cálculo anual del impuesto:

Ayuda

Si requieres calcular el impuesto que te corresponde declarar y pagar, puedes consultarlo aquí.