Cuando las Rentas de Fuente Extranjera se suman a la Renta Neta de Segunda Categoría
El señor José Luna, con RUC Nº 10578963859, percibió los siguientes ingresos durante el ejercicio. Realizar la determinación anual del Impuesto y verificar si existe saldo por pagar.
En mayo del 2022 decidió invertir S/ 8,000 en el “Fondo Mutuo MVM” (FM) el cual es administrado por la Sociedad Administradora de Fondos Mutuos (SAFM) “El Capital”, la cual otorga al Sr. Luna (partícipe) el respectivo certificado de participación en el Fondo Mutuo. En diciembre del 2022, el Sr. Luna rescata su inversión, recibiendo por su certificado de participación S/ 30,000. En dicho momento, la SAFM “El Capital” le efectúa la retención de S/ 100 entregándole el respectivo certificado de atribución.
En agosto del 2022 compró 800 acciones de la empresa colombiana “El Visitante” a razón de S/ 10 cada acción, vendiendo la totalidad de estas cuando el precio por acción se encontraba en S/ 25 por acción. Por esta operación se le retuvo S/ 600. Se precisa que las acciones cumplen con los requisitos correspondientes para ser consideradas dentro de las rentas de segunda categoría.
CONCEPTO | INGRESO | COSTO COMPUTABLE | RENTA BRUTA | RETENCIÓN | TIPO DE RENTA |
---|---|---|---|---|---|
Fondo Mutuo | 30,000 | 8,000 | 22,000 | 100 | Renta de Fuente Peruana |
Acciones "El Visitante" | 20,000 | 8,000 | 12,000 | 600 | Renta de Fuente Extranjera |
Paso 1: Determinar la Renta Neta de Fuente Peruana.
Renta Bruta - deducción del 20% |
22,000 - 4,400 = 17,600 |
Paso 2: Hallar la Renta Neta Imponible de segunda categoría
Sumar la Renta Neta de Fuente Peruana y la Renta Neta de Fuente Extranjera. |
17,600 + 12,000 = 29,600 |
Paso 3: Multiplicar por la tasa del 6.25%
29,600 X 6.25% = 1,850 |
Paso 4: Restar las retenciones efectuadas.
1,850 - 700 = 1,150 |
Respuesta: El señor José Luna, está obligado a presentar Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta por el ejercicio 2022 y cancelar el monto pendiente por regularizar de S/ 1,150