Cuando las Rentas de Fuente Extranjera se suman a las Rentas de Trabajo
Determinar si debe presentar Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta y si tiene saldo pendiente por pagar.
El señor Juan Laredo Soto, con RUC Nº 10578569872, de profesión médico, durante el ejercicio gravable 2023 ha obtenido los siguientes ingresos:
- Como médico independiente, la Clínica “B” le ha pagado la suma de S/127,000 y le ha retenido la suma de S/ 10,160.
- En su condición de trabajador dependiente en el Hospital del Niño, ha obtenido ingresos por S/ 24,000 y le han retenido la suma de S/ 1,920.
- Por su trabajo, en su consultorio particular ha emitido Recibos por Honorarios por 36,000 y realizado pagos a cuenta por S/ 2,880.
- El banco le ha retenido por concepto de ITF (Impuesto a las transacciones Financieras) por sus ingresos profesionales de cuarta la suma de S/ 496.
- El 22 de octubre realizó una exposición en EEUU por la que se le pagó $2,400 que los recibió en efectivo el mismo día de la exposición y se le retuvo la suma de $ 450.
- Tiene gastos deducibles adicionales por S/.400.
Paso 1: Determinar la Renta Neta del Trabajo.
CONCEPTO | CÁLCULO | IMPORTE |
---|---|---|
Renta Bruta de Cuarta Categoría | 127,000+ 36,000 | 163,000 |
(-) Deducción 20% tope 24 UIT (24 X 4600= 110,400) | 163000 X 20% =32,600 (deduce la totalidad, porque está dentro del límite permitido). | 32,600 |
Renta Neta de Cuarta Categoría | 163,000 - 32,600 = 130,400 | 130,400 |
Renta de Quinta Categoría | 24,000 | 24,000 |
Total Renta de Cuarta y Quinta Categoría | 130,400 + 24,000 | 154,400 |
(-) Deducción 7 UIT | 7 X 4,950 (UIT 2023) = 34,650 | (34,650) |
(-) Deducción adicional hasta 3 UIT | 3 X 4,950 = 14,850, se deduce S/ 400 porque no excede el límite permitido. | (400) |
Renta Neta de Cuarta y Quinta Categoría (Renta Neta de Trabajo) |
154,400 - 34,650 - 400 = 119,350 | 119,350 |
Paso 2: Determinar la Renta de Fuente Extranjera.
CONCEPTO | IMPORTE |
---|---|
El 22.10.2023 percibió $2,400 por exposición en evento en EEUU* | 9,280.80 |
* Tipo de cambio compra de la fecha de la percepción S/ 3.867 |
Paso 3: Determinar la Renta Imponible de Trabajo y Renta de Fuente Extranjera.
RENTA NETA DE TRABAJO |
119,350 |
---|---|
(-) ITF (Según constancia de retenciones) |
(496) |
(-) Donaciones |
0 |
(+) Renta de Fuente Extranjera |
9,280.80 |
Renta Imponible de Trabajo y Renta de Fuente Extranjera |
128,134.80 |
Paso 4: Aplicar las tasas de Impuesto (en este caso sólo aplicaremos hasta el tercer tramo).
TRAMOS |
|
RENTA NETA DE TRABAJO |
DIFERENCIA |
TASA |
IMPORTE |
---|---|---|---|---|---|
Hasta |
5UIT |
24,750 |
24,750 |
8% |
1,980 |
Más de 5 UIT |
Hasta 20 UIT |
99,000 |
74,250 |
14% |
10,395 |
Más de 20 UIT |
Hasta 35 UIT |
173,250 |
29,134.80 |
17% |
4,952.92 |
|
|
130,853.60 |
IMPUESTO CALCULADO | 17,327.92 |
Paso 5: Cálculo de la Tasa Media para determinar cuánto del impuesto retenido en el extranjero se puede usar como crédito.
CONCEPTO | IMPORTE |
---|---|
El 22.10.2022 se le retuvo $450 del ingreso percibido por la exposición en evento en EEUU* | 1,740.15 |
* Tipo de cambio compra de la fecha de la percepción S/ 3.867 |
Entonces: Tasa Media = (17,327.92 / (119,350 + 9,980.80 +34,650 + 400) ) X 100
Tasa Media = 10.59%
Límite máximo de retención: RNFE X 10.59%
9,280.80 X 10.59% = 982.84, comparamos con el monto retenido (S/ 1,740.15) y se elige el menor; es decir: 982.84.
Paso 6: Liquidación Anual de la Renta de Trabajo y Fuente Extranjera
IMPUESTO CALCULADO | 18,105.11 |
---|---|
(-) Créditos | |
Por Renta de Fuente Extranjera | (982.84) |
Pagos a Cuenta Rentas de Cuarta Categoría | (2,880) |
Retenciones de Rentas de Cuarta Categoría | (10,160) |
Retenciones de Rentas de Quinta Categoría | (1,920) |
SALDO POR REGULARIZAR | 1,385.08 |
Respuesta: El señor Juan Laredo Soto, está obligado a presentar Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta por el ejercicio 2023 y cancelar el monto pendiente por regularizar de S/ 1,385.08
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