¿Soy beneficiario de una devolución a pedido de parte?

¿Qué es la devolución a pedido de parte?

Si tienes la obligación de presentar tu Declaración Jurada Anual y durante ese procedimiento determinas que tienes un saldo a tu favor, se habilitará un enlace para presentar el formulario 1649 que permitirá realizar la solicitud de devolución (llamada también a pedido de parte).

Asimismo, el formulario 1649 se encuentra a disposición de los contribuyentes en SUNAT Operaciones en Línea (www.sunat.gob.pe) Opción Trámites y Consultas/Otras Declaraciones y Solicitudes/Mis devoluciones/Devoluciones/Registro de Solicitud de Devolución 1649, para cuando requieras solicitar la devolución y no lo hiciste cuando presentaste la Declaración Anual.

Devolución

En este supuesto también es importante que registres el Código de Cuenta Interbancario (CCI), pues podrás solicitar la devolución con la modalidad Abono en Cuenta.

No es posible el cambio de CCIs una vez presentada su solicitud de devolución,

 

Medios de Devolución 

Abono en Cuenta
Orden de Pago Financiera - OPF
En este caso la devolución se hará efectiva en el  Banco al que corresponda el Código de cuenta Interbancario que haya registrado el contribuyente. La OPF es una autorización de la SUNAT al  Banco de la Nación para entregar al interesado el importe -determinado por la SUNAT- de un pago indebido o en exceso y sus intereses.

Para el registro del CCI tener en cuenta lo  siguiente:

  • La cuenta deber ser en moneda nacional.
  • La cuenta debe ser una cuenta corriente o de  ahorros activa, no CTS. 
  • El titular de la cuenta debe ser el contribuyente. 

Para tal fin, deberá seleccionar las siguientes opciones para ingresar los datos de su CCI (Código de Cuenta Interbancario): Operaciones en línea/Mis Trámites y Consultas con tu usuario y clave SOL. Haz clic en CCI Único y sigue la ruta CCI Único - DRAWBACK/ SPOT/ DEVOLUCIONES/ Inscripción CCI Único/  Registro CCI Único.

Asimismo, el proceso de validación del CCI  puede tomar hasta 4 días hábiles, después de  informado por la SUNAT al Banco de la Nación. 

Es importante señalar que una vez notificada la  resolución que aprueba la devolución, el abono  será dentro de las 72 horas.

Sólo pueden pedir devolución por este medio  las personas naturales y necesitan: 

  • Contar con DNI. 
  • Tener derecho a devolución de pagos  indebidos o en exceso de deudas tributarias  cuya administración esté a cargo de la SUNAT y cuyo rendimiento constituya el ingreso del Tesoro Público. 
  • Poder ser notificadas por la SUNAT usando  medios electrónicos que indica el inciso b) del  artículo 104 del Código Tributario. 

Una vez que se notificada la resolución que  aprueba la solicitud de devolución, la persona  natural debe acudir a una agencia del Banco de  la Nación para el retiro del dinero, y debe llevar  su DNI original y su talón de cobro, el cual Io  obtendrá accediendo con su Clave SOL en el  rubro Otras declaraciones y solicitudes/ Mis Devoluciones/ Devoluciones, opción Consulta de medios de pago por devolución.

 

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