Obligados a declarar y pagar
Le corresponde pagar el impuesto al:
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Propietario, por los ingresos que recibe por concepto de alquiler de sus bienes muebles o inmuebles, por las mejoras no reembolsables incorporadas a su predio y por ceder gratuitamente o a precio no determinado sus bienes.
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Inquilino, por los ingresos que obtenga producto de subarrendar todo o parte del inmueble que ocupa.
Para realizar el pago, se debe previamente obtener el número de RUC por el portal de SUNAT, el App Personas, en cualquiera de nuestros Centros de Servicios a nivel nacional.
Es necesario advertir que la obligación del pago mensual del impuesto persiste aún cuando no se reciba el ingreso por concepto de alquiler o subarriendo.
Los pagos del impuesto a la renta de primera categoría se dan en 2 momentos: Pagos Mensuales y Anuales. Cabe precisar que estos pagos constituyen también una declaración jurada de los ingresos obtenidos, de ahí que se le denomine “declaración y pago”.
Declaración y pago mensual: Estarás obligado a pagar el impuesto a la renta de primera categoría mensualmente, en caso arriendes o subarriendes bienes muebles e inmuebles.
El pago se realiza de acuerdo al último dígito de tu RUC, y según el calendario de vencimientos de obligaciones mensuales establecido por la Sunat.
Ejemplo: Si tu RUC es 10134759264 y has recibido ingresos por concepto de alquiler de tu vehículo en el mes de enero 2024, entonces te corresponderá presentar y pagar el impuesto a la Renta de Primera Categoría hasta el 20 de febrero (último día).
Si recibes pagos por adelantado (Ejemplo: El pago de 1 año de alquiler), podrás pagar todo el impuesto en el mes que recibes el importe, o pagarlo mes a mes de acuerdo al cronograma de vencimientos.
Declaración y pago anual: Si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos, te corresponderá presentar la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta:
- Tienes un monto pendiente de pago.
- Tienes pagos en exceso de años anteriores.
- Se incorporaron mejoras no reembolsables a tu inmueble.
- Has alquilado bienes muebles o inmuebles por un importe menor al monto mínimo establecido por la norma (6% del valor del predio declarado en tu autoavalúo).
- Has cedido gratuitamente bienes muebles o inmuebles (Renta ficta).
En su oportunidad, la Sunat emitirá el cronograma específico que indicará las fechas máximas para presentar la Declaración Jurada Anual por los ingresos obtenidos en el año anterior.
Declarar fuera de la fecha establecida en el cronograma mensual o anual, constituye una infracción por no declarar dentro de los plazos establecidos y es sancionada con una multa equivalente a media UIT (S/2,475.00 para el 2023).
Cálculo del impuesto
El cálculo mensual y anual del impuesto a la renta de primera categoría se puede determinar de dos formas: Sobre la base de la Renta Bruta (total de ingresos obtenidos), aplicando la tasa efectiva del 5%; o sobre la base de la Renta Neta (total de ingresos obtenidos - 20%), aplicando la tasa del 6.25%. Con cualquiera de estas formas, el resultado será el mismo:
Cálculo mensual del impuesto:
Cálculo anual del impuesto:
Los pagos directos mensuales realizados durante el año, se descuentan del impuesto anual resultante y en caso exista saldo del impuesto debes regularizarlo conjuntamente con la Declaración
Declaración y formas de pago
Es muy sencillo, tienes 4 formas de realizar la declaración y pago:
1. Por Internet: En el portal web del banco, disponible en Scotiabank; en la plataforma PAGALO .PE del Banco de la Nación.
2. En Agentes Corresponsales: Disponible en Agentes BCP.
3. En Agencias Bancarias: En los establecimientos de los bancos: Scotiabank, Interbank, BBVA, Banbif y Banco de la Nación.
Para realizar la declaración y pago sólo debes comunicar verbalmente al cajero que deseas hacer un pago a la SUNAT y proporcionar la siguiente información: Tu número de RUC, período tributario, tipo y número de documento de identidad del inquilino, monto del alquiler en soles y el tipo de bien. O puedes utilizar la Guía para Arrendamiento donde anotarás los datos necesarios.
Ejemplo: Si recibiste ingresos por concepto de alquiler de tu vehículo en el mes de enero 2024, tu guía sería así:
Al finalizar, el banco te entregará un recibo por arrendamiento (Formulario N° 1683 - Recibo de Arrendamiento) que deberás entregar al inquilino (de preferencia firmado) y si necesitas sustentar la declaración y pago mensual, será suficiente con que conserves la fotocopia del formulario.
4. Mediante pago electrónico en Sunat Virtual: Sigue estos pasos:
- Desde Sunat Virtual, con tu Usuario y Clave SOL ingresa a Mis Declaraciones y pagos – Nueva Plataforma
- Dirígete a Pago y presentación de otras declaraciones y selecciona el formulario Arrendamiento - 1683, llena la información requerida siguiendo las indicaciones del sistema, luego dale clic en “Agregar a Bandeja”.
- Se te presentará una pasarela de pago con 5 opciones, selecciona una de las siguientes alternativas disponibles para pagar renta de primera categoría:
- Con cargo en cuenta bancaria, siempre y cuando hayas celebrado previamente un convenio de afiliación con tu banco. Disponible en Scotiabank, Interbank, BBVA Continental, BCP, Citibank, Banco GNB, BanBif, Banco Pichincha, Banco de Comercio y Banco Santander
- Con cargo en tarjetas de crédito y/o débito, disponible para Visa, Mastercard, American Express (AMEX) y Diners Club International. Para Visa y Mastercard, deben estar afiliadas a Verified by Visa y Secure Code, respectivamente. También se encuentra habilitado la opción de pago con YAPE.
Asimismo, se han habilitado las tarjetas internacionales VISA y MasterCard para el pago de obligaciones tributarias y aduaneras por medio de la web de SUNAT (mis declaraciones y pagos y plataforma Desktop), APP SUNAT, APP Personas, APP Emprender y el sistema Pago sin Clave SOL, este beneficio ayudará a los contribuyentes y usuarios de comercio exterior a realizar sus pagos.
- Luego de haber seguido los pasos, el sistema generará automáticamente el Recibo por Arrendamiento - Formulario Virtual Nro. 1683 con el contenido de lo declarado y pagado. Puedes remitirlo a través de correo electrónico o imprimirlo y entregarlo al inquilino.
Si necesitas una guía de cómo realizar el pago, puedes consultarla aquí.