Caso práctico I
Determinar si debo presentar declaración jurada y hacer pago a cuenta mensual.
Joel Gonzales con RUC N° 10468999754, de profesión ingeniero presta servicios a la empresa “A”. Por lo cual en el mes de junio le han pagado la suma de S/ 3,500 siendo retenido S/ 280 y en su oficina particular ese mismo mes ha obtenido ingresos por S/ 3,200.
Análisis:
- Primer paso: verificar si los ingresos mensuales superan S/ 3,609
3,500 + 3,200 = 6,700 (monto es mayor)
- Segundo paso: Cálculo del pago a cuenta
Multiplica el ingreso del mes de abril por 8%
6,700 X 8% = 536
- Tercer paso: Verificar si el monto retenido cubre el impuesto del mes (restando el importe retenido)
536 - 280 = 256 (no lo cubre, se determina un monto pendiente por pagar)
Solución: Como el monto total recibido en el mes supera los S/ 3,609 y el monto retenido no cubre el impuesto mensual, el señor Joel Gonzales está obligado a presentar su declaración mensual y a realizar el pago a cuenta de S/ 256.
Caso práctico II
Determinar si tiene obligación de presentar Declaración Jurada Anual e impuesto por regularizar.
Supuesto:
El señor Renato Sotelo Torres, con RUC Nº 10454409957, de profesión abogado, durante el ejercicio gravable 2023 ha sido emisor electrónico y obtenido los siguientes ingresos:
- Como abogado independiente, el Estudio Jurídico “B” le ha pagado la suma de S/ 127,000 y le ha retenido la suma de S/ 10,160
- En su condición de gerente de la firma “C” ha obtenido ingresos por dietas de directorio de S/ 24,000 y le han retenido la suma de S/ 1,920.
- Por su trabajo, en su oficina particular ha tenido ingresos de 36,000 y ha realizado pagos a cuenta por S/. 2,880.
- El banco le ha retenido por concepto de ITF (Impuesto a las transacciones Financieras) por sus ingresos profesionales de cuarta la suma de S/ 406
- Adicionalmente realizó gastos por el alquiler de un inmueble en todo el 2022 por S/ 24,000.
Pregunta:
¿Está obligado a presentar Declaración Jurada Anual 2023 y tiene algún monto pendiente por pagar?
Solución:
Primer paso:
Determinar la renta bruta y renta neta por su trabajo independiente en el Estudio Jurídico “B” y en su oficina particular:
-
Renta Bruta (Suma de ingresos anuales)
127,000 + 36,000 = 163,000
163,000 X 20% = 32,600
- Renta Neta (diferencia entre renta bruta y deducción del 20%)
163,000 - 32,600 = 130,400
Segundo paso:
Determinar renta bruta y renta neta por su trabajo como director en la Firma “C” (la deducción del 20% no es aplicable a las rentas percibidas por la función de director)
- Renta Bruta = Renta Neta = 24,000
Tercer paso:
Total renta neta:
- 130,400 + 24,000 = 154,400
Cuarto paso:
Determinar Renta Neta del Trabajo:
Concepto |
S/ |
---|---|
Renta neta de Cuarta categoría |
154,400 |
Renta de Quinta categoría |
No tiene |
Total renta de cuarta y quinta categoría |
154,400 |
(-) Deducción 7 UIT (7 x S/ 4,950) - UIT del 2023 |
(34,650) |
(-) Deducción de hasta 3 UIT (Hasta S/ 14,850) Arrendamiento de inmueble (30% de S/ 24,000) |
(7,200) |
Renta Neta de Cuarta y Quinta categoría |
112,550 |
(RENTA NETA DEL TRABAJO) |
Quinto paso:
Renta Neta Imponible de Trabajo
Renta Neta del Trabajo |
115,000 |
---|---|
--Deducciones:
|
|
1(-) ITF (Según constancia de retenciones) |
(406) |
2. (-) Donaciones |
(no tiene) |
Total Renta Imponible de Trabajo |
114,594 |
Sexto paso:
Cálculo del impuesto:
TRAMOS |
RENTA NETA DE TRABAJO |
IMPORTE |
TASA |
|
---|---|---|---|---|
Hasta |
5 UIT |
24,750 |
8% |
1,980 |
Más de 5 UIT |
Hasta 20 UIT |
74,250 |
14% |
10,395 |
Más de 20 UIT |
Hasta 35 UIT |
13,144 |
17% |
2,234 |
|
TOTAL |
112,144 |
|
14,609 |
Séptimo paso:
Liquidación anual
CONCEPTO |
S/ |
---|---|
IMPUESTO CALCULADO |
14,609 |
(-) Créditos |
|
Pagos a Cuenta |
-2,880 |
Retenciones |
-12,080 |
MONTO PENDIENTE POR PAGAR |
351 |