Rentas de Cuarta Categoría

Son rentas que percibe toda persona natural por la prestación de servicios de manera personal e individual, sin relación de subordinación, forma parte de las Rentas de Trabajo. Las actividades que generan son las siguientes:

Ingresos que son Rentas de Cuarta Categoría

 

 

 Trabajo Individual

Es el ingreso personal por el desarrollo de una profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro se realiza sin tener relación de dependencia.

Se incluyen los ingresos de las personas que prestan servicios al Estado, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios. (CAS)

 

Desempeño de Funciones

 

  • Director de empresas: Persona integrante del directorio de las sociedades
  • Síndico: Funcionario encargado de la liquidación del activo y pasivo de una empresa en el caso de insolvencia.
  • Mandatario: Persona que en virtud de un contrato realiza actos jurídicos, por cuenta y en interés del mandante.
  • Gestor de negocios: Persona que asume la gestión de los negocios o la adminsitración de los bienes de otro.
  • Albacea: Persona encargada por el testador o por el juez de cumplir la última voluntad del fallecido.
  • Actividades similares: Entre otras el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional por las dietas que perciban.

Si la renta de Cuarta Categoría se complementa con actividades empresariales o viceversa, el total de la renta que se obtenga se considerará como renta de Tercera Categoría ( rentas empresariales).

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