Caso práctico con rentas de segunda categoría

 

Cuando las Rentas de Fuente Extranjera se suman a la Renta Neta de Segunda Categoría

El señor José Luna, con RUC Nº 10578963859, percibió los siguientes ingresos durante el ejercicio. Realizar la determinación anual del Impuesto y verificar si existe saldo por pagar.

En mayo del 2023 decidió invertir S/ 8,000 en el “Fondo Mutuo MVM” (FM) el cual es administrado por la Sociedad Administradora de Fondos Mutuos (SAFM) “El Capital”, la cual otorga al Sr. Luna (partícipe) el respectivo certificado de participación en el Fondo Mutuo. En diciembre del 2023, el Sr. Luna rescata su inversión, recibiendo por su certificado de participación S/ 30,000. En dicho momento, la SAFM “El Capital” le efectúa la retención de S/ 100 entregándole el respectivo certificado de atribución.

En agosto del 2023 compró 800 acciones de la empresa colombiana “El Visitante” a razón de S/ 10 cada acción, vendiendo la totalidad de estas cuando el precio por acción se encontraba en S/ 25 por acción. Por esta operación se le retuvo S/ 600. Se precisa que las acciones cumplen con los requisitos correspondientes para ser consideradas dentro de las rentas de segunda categoría.

CONCEPTO INGRESO COSTO COMPUTABLE RENTA BRUTA RETENCIÓN TIPO DE RENTA
Fondo Mutuo 30,000 8,000 22,000 100 Renta de Fuente Peruana
Acciones "El Visitante" 20,000 8,000 12,000 600 Renta de Fuente Extranjera
Paso 1: Determinar la Renta Neta de Fuente Peruana.
Renta Bruta -  deducción del 20%
22,000 - 4,400 = 17,600
Paso 2: Hallar la Renta Neta Imponible de segunda categoría
Sumar la Renta Neta de Fuente Peruana y la Renta Neta de Fuente Extranjera.
17,600 + 12,000 = 29,600
Paso 3: Multiplicar por la tasa del 6.25%
29,600 X 6.25% = 1,850
Paso 4: Restar las retenciones efectuadas.
1,850 - 700 = 1,150

Respuesta: El señor José Luna, está obligado a presentar Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta por el ejercicio 2023 y cancelar el monto pendiente por regularizar de S/ 1,150